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Carta de Venta General en California
Para todo lo que el DMV de California NO regula — herramientas, joyas, equipo de restaurante, arte, computadoras — la carta de venta general se rige por el derecho contractual del Código Civil. Los números que importan: 4 años de plazo para demandar por contrato escrito (CCP §337), 3 años por fraude (CC §1572, que SOBREVIVE a la cláusula "as-is"), y $500 — el umbral del Código de Comercio §2201 sobre el cual una venta verbal de bienes es inexigible sin escrito firmado. Y ojo con la CDTFA: vender artículos similares con regularidad te convierte en "retailer" obligado a registrarte y cobrar impuesto.
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Carta de Venta General en California — Paso a Paso
- Identifica el artículo con marca, modelo, número de serie y defectos conocidos.
- Precio exacto en palabras Y números; "as-is, where-is" para limitar garantías implícitas (§2316).
- Divulga defectos materiales por escrito — el fraude del CC §1572 sobrevive al "as-is".
- Notariza sobre $5,000; guarda copias 4 años (CCP §337).
Errores Comunes en California
- Prometer condición de palabra mientras firmas "as-is" — el fraude tiene 3 años de plazo.
- Vender lo mismo varias veces al año sin registrarte — la CDTFA cobra impuesto atrasado con multa.
- Venta verbal sobre $500 — inexigible bajo el §2201.
- Comprar equipo de negocio sin buscar gravámenes UCC — el acreedor puede recuperarlo.
Preguntas Frecuentes — Carta de Venta General en California
¿Vale sin notario una carta de venta general en California?
Sí — el Código Civil no exige notarización: escrito firmado y fechado con partes y descripción basta. El notario solo suma peso probatorio; vale la pena sobre $5,000 o entre estados.
¿Cuándo aplica impuesto a una venta privada en California?
Las "ventas ocasionales" de bienes personales están generalmente exentas. La exención se rompe si vendes varios artículos similares al año — la CDTFA puede tratarte como retailer (7.25%–10.75% según condado).
¿Cuánto tiempo guardo la carta después de vender?
Mínimo 4 años (CCP §337 para contrato escrito; §338 da 3 por fraude; Código de Comercio §2725 da 4 para bienes). Práctico: escanéala y guarda ambas versiones 7 años.
Guía completa: Cómo vender un vehículo en California paso a paso →
Aviso Legal: Esta herramienta genera documentos de referencia con fines informativos. No constituye asesoramiento legal. Para transacciones de alto valor o situaciones complejas, consulte a un abogado o al departamento de vehículos motorizados de California.
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